Los extranjeros y los apátridas entran en el territorio de la República Autónoma de Crimea y la ciudad de Sevastopol de Ucrania de conformidad con la legislación y los tratados internacionales de Ucrania.
Para los extranjeros procedentes de países con el régimen de visados, para obtener una solicitud de visado deben contactar con la Embajada o los Consulados de Ucrania en el extranjero.
Los extranjeros de países con los procedimientos de entrada sin visados, pueden estar en la República Autónoma de Crimea y la ciudad de Sevastopol de Ucrania, sólo si cruzan la frontera por los pasos fronterizos en la frontera estatal de Ucrania donde se les ponen los sellos correspondientes en sus pasaportes o tarjetas de inmigración.
El incumplimiento por los extranjeros y los apátridas de la legislación de Ucrania en el momento de entrada y durante la permanencia en el territorio de la República Autónoma de Crimea y la ciudad de Sevastopol, dará lugar a responsabilidad en virtud de las leyes de Ucrania, y puede resultar en la imposición de sanciones internacionales contra aquellos como individuos que apoyan la ocupación temporal de una parte del territorio de Ucrania.